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Vigencia: 01/01/2025–31/12/2028 (efectos económicos desde el 01/01/2025).
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Subidas salariales: +17% en cuatro años (2025 +4%, 2026 +5%, 2027 +4%, 2028 +4%). Refuerzo 3 bis (camareras/os de piso): +1,5% anual hasta equiparar nivel 3 (sin superarlo).
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Jornada: 1.800 h/año. Bolsa irregular 180 h (solo feb–may y sep–dic) con límites 10 h/día y 50 h/sem; fuera de bolsa, 8 h/día y 40 h/sem. Pausa en jornada continuada: 20 min computables. Descanso semanal: 1,5 días (≤25 fijos) o 2 días (>25).
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Vacaciones: 30 días; 17 días garantizados en verano (1 jun–30 sep), y 21 días en centros >50 personas.
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Pagas: 3 extraordinarias (julio, diciembre y primavera, esta antes del 1 de abril).
Si diriges restaurantes en Sevilla, imprime esta guía del convenio de hostelería de Sevilla y fíjala junto al cuadrante: ahorrarás tiempo y discusiones.
Convenio de hostelería de Sevilla, del boletín a tu sala (sin perder margen)
El convenio de hostelería de Sevilla 2025–2028 aterriza reglas claras para restaurantes en Sevilla: cuánto pagar (y cuándo), cómo planificar la bolsa sin pasarte, quién tiene prioridad en fijos-discontinuos y qué descansos hay que respetar en temporada alta. Esta guía transforma el texto oficial en procedimientos operativos: alertas en el cuadrante (10h/50h), provisiones de pagas y pluses de forma mensual, y plantillas de comunicación para llamamientos. La promesa es simple: cumplir la norma, cuidar al equipo y proteger el margen en tu P&L.
A diferencia de resúmenes genéricos, en Puro Hospitality conectamos el convenio de hostelería de Sevilla con decisiones operativas del día a día basadas en el texto oficial y en procedimientos ya implantados en restaurantes de la provincia.
Si buscas una visión más amplia sobre cómo estructurar estos procesos y elevar la rentabilidad, visita nuestra guia de lo que puede hacer consultoría gastronómica en Sevilla.
¿A quién aplica el convenio de hostelería de Sevilla?
El convenio de hostelería de Sevilla se aplica a todas las empresas de hostelería de la provincia (alojamiento y restauración) y alcanza al personal subcontratado que realice funciones esenciales (p. ej., limpieza en VUT/VTAR), asimilado a camarera/o de piso en condiciones esenciales (salario, jornada/descanso, contratación, igualdad y PRL). Si externalizas, exige en contrato y auditoría de proveedores el cumplimiento del convenio.
Vigencia y continuidad
El convenio de hostelería de Sevilla está vigente del 1 de enero de 2025 al 31 de diciembre de 2028. Si al cierre no hay nuevo acuerdo publicado, se mantiene la continuidad conforme a las reglas de prórroga/ultraactividad hasta la entrada del siguiente texto. Programa dos hitos anuales: enero (aplicación de subidas y revisión de perfiles) y julio (auditoría de pagas, pluses y vacaciones concedidas).
¿Cuales son las Jornadas laborales, descansos y bolsa en el convenio de hostelería de Sevilla?- Cómo cuadrarlo sin multas
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Topes base: 1.800 h/año de trabajo efectivo.
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Bolsa irregular: 180 h utilizables solo en febrero, marzo, abril, mayo, septiembre, octubre, noviembre y diciembre.
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Con bolsa: máximo 10 h/día y 50 h/sem.
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Fuera de bolsa: 8 h/día y 40 h/sem.
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Siempre por escrito: comunica uso y compensación (descanso/reducción).
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Descanso semanal: 1,5 días (centros ≤25 fijos) o 2 días (centros >25).
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Pausa en continuada: 20 min computables (la empresa fija el momento).
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Registro horario: inicio/fin (y pausa si procede), conservado 4 años.
Checklist operativo para restaurantes en Sevilla
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Señala en el planning los 8 meses de bolsa (y desactívala en enero, junio, julio y agosto).
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Activa alertas en el cuadrante: 10h/50h con bolsa; 8h/40h sin bolsa.
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Crea un banco de horas por persona (saldo, comunicaciones y compensaciones).
Vacaciones y festivos en la provincia de Sevilla: reglas claras (y por escrito)
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Vacaciones: 30 días. Derecho a 17 días entre 1 de junio y 30 de septiembre; en centros >50 personas, 21 días continuados en ese periodo. Publica turnos con antelación y rota perfiles críticos.
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Festivos abonables no recuperables: dos opciones por criterio de empresa (comunícalo por escrito):
a) Pagar con +100% junto a la mensualidad.
b) Compensar (vacaciones o descanso continuado) sumando los descansos semanales que procedan.CONVENIO HOSTELERÍA SEVILLA¿Te cuesta cuadrar horarios y descansos sin pasarte del convenio?
Agenda una sesión gratuita con nuestro equipo y evita errores costosos.
El convenio de hostelería de Sevilla prioriza orden y trazabilidad: lo que no está escrito, no existe. Archiva todo con el cuadrante.

¿Cuales son los salarios, pagas y pluses del convenio de hostelería de Sevilla?
Subidas 2025–2028
El convenio de hostelería de Sevilla fija incrementos cerrados: +4% (2025), +5% (2026), +4% (2027) y +4% (2028); acumulado +17%. Refuerzo para 3 bis: +1,5% adicional/año hasta equiparar el nivel 3 (sin superarlo).
Pagas extraordinarias
Tres pagas: julio, diciembre y primavera (30 días cada una; la de primavera se abona antes del 1 de abril). Prorrateables por acuerdo (deja constancia en nómina y comunicación interna).
Nocturnidad
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Parcial nocturna (22:00–06:00): +25% sobre la hora ordinaria.
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Jornada específicamente nocturna que empieza tras las 22:00: +20% sobre el sueldo base.
Etiqueta estas horas en tu ERP para automatizar el cálculo.
Otros pluses clave
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Plus Convenio: 20 días de salario base + antigüedad (devengo 15/oct–14/oct; pago 15 de octubre).
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Plus de Asistencia: 10 días (en fijos-discontinuos se liquida en enero proporcionalmente).
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Ayuda por hijo/a con discapacidad: 121,49 €/mes (2025), actualizable según tablas.
Fijos-discontinuos: llamamientos, prioridades y preavisos
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Tiempo completo: mínimo 4 meses de actividad/año; máximo 4 llamamientos para cubrirlos.
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Tiempo parcial: mínimo 6 meses de actividad/año; máximo 5 llamamientos para cubrirlos.
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Llamamiento: antigüedad + categoría; preaviso 4 días por medio trazable (sirve SMS/WhatsApp/email). Responder en 24 h. Falta de respuesta: penalizaciones graduales y, a la segunda en el año, baja por desistimiento.
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Baja voluntaria: preaviso 7 días; si no se respeta, puede descontarse 1 día de salario por cada día en la liquidación.
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Prioridad: derecho preferente a vacantes a tiempo completo dentro de la categoría.
Tablas salariales 2025–2028 según convenio de hostelería de Sevilla (Restauración, salario base mensual, jornada completa)
Consulta qué familia y nivel corresponden a cada puesto antes de aplicar la tabla del convenio de hostelería de sevilla.
Restaurantes de 5 y 4 tenedores
Nivel 2025 2026 2027 2028 1 1.560,85 € 1.638,90 € 1.704,45 € 1.772,63 € 2 1.505,21 € 1.580,47 € 1.655,70 € 1.709,44 € 3 1.413,12 € 1.483,78 € 1.554,97 € 1.617,17 € 4 1.290,76 € 1.355,30 € 1.409,52 € 1.465,90 € 5 1.290,76 € 1.355,30 € 1.409,52 € 1.465,90 € Restaurantes de 3 y 2 tenedores y Catering
Nivel 2025 2026 2027 2028 1 1.359,05 € 1.427,00 € 1.484,08 € 1.543,45 € 2 1.324,65 € 1.390,88 € 1.446,52 € 1.504,38 € 3 1.292,08 € 1.356,68 € 1.410,95 € 1.467,39 € 4 1.210,27 € 1.270,78 € 1.321,61 € 1.374,48 € 5 1.210,27 € 1.270,78 € 1.321,61 € 1.374,48 € Restaurante de 1 tenedor, Tabernas con Comidas, Colectividades, Pizzerías, Hamburgueserías, Bagueterías
Nivel 2025 2026 2027 2028 1 1.346,38 € 1.413,70 € 1.470,25 € 1.529,06 € 2 1.312,28 € 1.377,90 € 1.433,01 € 1.490,33 € 3 1.280,19 € 1.344,20 € 1.397,97 € 1.453,88 € 4 1.198,96 € 1.258,91 € 1.309,27 € 1.361,64 € 5 1.198,96 € 1.258,91 € 1.309,27 € 1.361,64 € Cafeterías de 3 y 2 tazas
Nivel 2025 2026 2027 2028 1 1.346,23 € 1.413,54 € 1.470,08 € 1.528,88 € 2 1.298,10 € 1.363,00 € 1.417,52 € 1.474,22 € 3 1.248,53 € 1.310,96 € 1.363,40 € 1.417,93 € 4 1.215,83 € 1.276,62 € 1.327,69 € 1.380,80 € 5 1.215,83 € 1.276,62 € 1.327,69 € 1.380,80 € Cafeterías de 1 taza y Creperías
Nivel 2025 2026 2027 2028 1 1.303,29 € 1.368,45 € 1.423,19 € 1.480,12 € 2 1.271,13 € 1.334,69 € 1.388,07 € 1.443,60 € 3 1.223,03 € 1.284,71 € 1.336,90 € 1.389,64 € 4 1.204,51 € 1.264,73 € 1.315,32 € 1.367,93 € 5 1.204,51 € 1.264,73 € 1.315,32 € 1.367,93 € Cafés, Cafés-Bar de Categoría Especial, Cervecerías, Chocolaterías y Heladerías
Nivel 2025 2026 2027 2028 1 1.302,19 € 1.367,30 € 1.422,00 € 1.478,88 € 2 1.254,55 € 1.317,28 € 1.369,97 € 1.424,77 € 3 1.205,30 € 1.265,56 € 1.316,18 € 1.368,83 € 4 1.173,05 € 1.231,68 € 1.280,94 € 1.331,18 € 5 1.173,03 € 1.231,68 € 1.280,94 € 1.331,18 € Cafés y Cafés-Bar de 4.ª
Nivel 2025 2026 2027 2028 1 1.265,70 € 1.328,99 € 1.382,15 € 1.437,43 € 2 1.233,76 € 1.295,45 € 1.347,27 € 1.401,16 € 3 1.186,46 € 1.245,79 € 1.295,62 € 1.347,45 € 4 1.171,70 € 1.229,97 € 1.279,17 € 1.330,34 € 5 1.167,46 € 1.225,84 € 1.274,87 € 1.325,86 € Bares de Categoría Especial (pubs, disco-bares, discotecas, tablaos, salas de baile)
Nivel 2025 2026 2027 2028 1 1.376,52 € 1.445,35 € 1.503,16 € 1.563,29 € 2 1.315,21 € 1.381,35 € 1.438,61 € 1.495,15 € 3 1.249,13 € 1.311,59 € 1.364,05 € 1.418,62 € 4 1.233,95 € 1.295,65 € 1.347,47 € 1.401,37 € 5 1.233,95 € 1.295,65 € 1.347,47 € 1.401,37 € Tabernas sin comidas
Nivel 2025 2026 2027 2028 3 1.186,46 € 1.245,79 € 1.295,62 € 1.347,44 € 4 1.167,46 € 1.225,84 € 1.274,87 € 1.325,86 € 5 1.167,46 € 1.225,84 € 1.274,87 € 1.325,86 €
Preguntas frecuentes (FAQs)1) ¿Puedo usar la bolsa de horas en verano?
No. Solo en febrero–mayo y septiembre–diciembre. En verano rigen 8 h/día y 40 h/semana.2) ¿Cuál es el descanso semanal mínimo?
1,5 días seguidos en centros con ≤25 fijos o 2 días seguidos en centros con >25 fijos.3) ¿La pausa en jornada continuada se paga?
Sí. Son 20 minutos diarios computables como trabajo efectivo (la empresa fija el momento).4) ¿Cómo se retribuyen las horas extra?
Con +75% sobre la hora ordinaria o con descanso equivalente (1 h extra = 1 h 45 min).5) ¿Cuándo se paga la “paga de primavera”?
Antes del 1 de abril. Las tres pagas (julio, diciembre y primavera) son de 30 días cada una y pueden prorratearse por acuerdo.6) ¿Qué subidas contempla 2025–2028?
+4% (2025), +5% (2026), +4% (2027), +4% (2028) (+17% acumulado).
El nivel 3 bis (camareras/os de piso) suma +1,5%/año adicional hasta equiparar el nivel 3 (sin superarlo).7) ¿Cómo funciona el plus de nocturnidad?
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Jornadas parciales en 22:00–06:00: +25% sobre hora ordinaria.
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Jornada específicamente nocturna que empieza tras las 22:00: +20% sobre sueldo base.
8) ¿Qué es el Plus Convenio y cuándo se paga?
Equivale a 20 días de salario base + antigüedad. Devenga del 15/oct al 14/oct y se paga el 15 de octubre (prorrateable por acuerdo).9) ¿El Plus de Asistencia cómo se aplica?
10 días al año (control del absentismo no justificado). En fijos-discontinuos se liquida en enero proporcional al tiempo trabajado.10) ¿Cuántos días de vacaciones garantizados hay en verano?
17 días (1 junio–30 septiembre). En centros >50 personas, 21 días continuados en ese mismo periodo.11) ¿Cómo se gestionan los festivos abonables no recuperables?
Dos vías: pagar con +100% o compensar en descanso/vacaciones. Debe constar por escrito y aplicarse de forma homogénea.12) Fijos-discontinuos: ¿qué preaviso tiene el llamamiento?
4 días mínimo, por medio trazable (SMS/WhatsApp/email). Respuesta en 24 h. La falta reiterada de respuesta puede causar baja por desistimiento.13) Baja voluntaria sin preaviso suficiente: ¿hay penalización?
Sí. Si no se respeta el preaviso de 7 días, la empresa puede descontar 1 día de salario por cada día de preaviso incumplido en la liquidación.CONVENIO HOSTELERÍA SEVILLA¿Te cuesta cuadrar horarios y descansos sin pasarte del convenio?
Agenda una sesión gratuita con nuestro equipo y evita errores costosos.
Implementación en 5 pasos de convenio de hostelería de Sevilla.
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Parametriza nómina/ERP con subidas, 3 pagas, pluses y regla del 3 bis del convenio de hostelería de Sevilla.
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Publica el calendario de bolsa y vacaciones con límites visibles en el cuadrante.
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Define política de festivos, horas extra y nocturnidad; comunícala y archívala.
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Centraliza evidencias: registro horario, llamamientos, compensaciones y acuerdos.
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Revisa trimestralmente el cumplimiento del convenio de hostelería de Sevilla (indicadores: horas de bolsa, descansos, extras pagadas/compensadas).
El convenio de hostelería de Sevilla no es solo normativa: es un sistema de trabajo. Si lo conviertes en procesos —alertas en el planning, provisiones mensuales, políticas escritas y un banco de horas ordenado—, tu operación ganará previsión, confianza del equipo y estabilidad financiera. Y eso, en restaurantes en Sevilla, se traduce en mejor servicio y mejor margen.
Fuentes oficiales y útiles
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BOP Sevilla — publicación del convenio 2025–2028 (código 41001465011981). Diputación de Sevilla
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CCOO (texto y tablas oficiales, artículos clave y anexos). CCOO App
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Cobertura en prensa (subida del 17% y 21 días de verano en >50 pax). Cadena SER
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Rafael Benítez de Córdoba
Rafa Benítez de Cordoba, consultor gastronómico con más de 20 años de experiencia en restaurantes, hoteles y desarrollo de ciudades. Especialista en data analytics, gestión financiera y revenue management, ayuda a negocios de hostelería a aumentar su rentabilidad y profesionalizar su operación.

