Resumen rápido (para decidir en 10 segundos)

  • Vigencia: hasta el 31/12/2025 (con posibilidad de renovación).

  • Ámbito: hoteles, restauración, cafeterías, bares y ocio nocturno, catering y colectividades.

  • Jornada anual: 1.784 h, con 2 días consecutivos de descanso semanal.

  • Descansos:

    • Continua: 15 min.

    • Partida: mínimo 1,5 h entre tramos.

    • Tope: no más de 5 h seguidas sin pausa.

  • Horas extra: voluntarias, con límite 80/año, compensables con descanso o pago equivalente.

  • Salarios: subida total del 15 % en tres años (+6 % en 2023, +5 % en 2024, +4 % en 2025).

  • Vacaciones: 30 días naturales, con compensaciones por festivos trabajados.

🔗 Fuente oficial: BOCM – Convenio Colectivo de Hostelería de Madrid 2023–2025 (PDF oficial)

Convenio de hostelería de MadridConvenio de hostelería de Sevilla, del boletín a tu restaurante (sin perder margen)

El Convenio de Hostelería de Madrid 2023–2025 aterriza reglas claras para restaurantes, bares y hoteles de la capital: cuánto pagar (y cuándo), cómo planificar turnos sin rebasar las 1.784 horas anuales, qué límites aplicar a las horas extra y qué descansos son intocables en fines de semana y festivos.

Esta guía traduce el texto legal en procesos operativos reales: alertas en el cuadrante para los topes de jornada (8h/40h/9h), provisiones mensuales de pluses y pagas extras, y formatos de comunicación para llamamientos y preavisos.
La premisa es simple: cumplir la norma, anticipar los costes y blindar la rentabilidad de tu cuenta de explotación.

En Puro Hospitality, conectamos el convenio de hostelería de Madrid con la operativa diaria de los restaurantes, ayudándote a aplicar la ley sin perder eficiencia, previsión ni control sobre tu margen.

Y si ahora te preocupa la aplicación obligatoria de Verifactu, lee en este enlace todo lo que necesitas saber.

Vigencia y continuidad

  • Periodo de vigencia: 1 de enero de 2023 a 31 de diciembre de 2025.

  • Efectos económicos: desde el 1 de enero de 2023.

  • Renovación: si no se publica un nuevo texto, el convenio mantiene su validez por ultraactividad hasta la firma del siguiente.

¿A quién aplica el convenio de hostelería de Madrid?

Incluye a todos los trabajadores y empresas dedicadas a la hostelería en la Comunidad de Madrid:

  • Hoteles y alojamientos turísticos.

  • Restaurantes, bares, cafeterías y colectividades.

  • Discotecas, salones de ocio nocturno y eventos.

  • Empresas de catering y restauración organizada.

Fuente oficial: BOCM – Convenio Hostelería Madrid 2023–2025 (PDF oficial)

Convenio de Hostelería de Madrid¿Cuales son las Jornadas laborales, descansos y bolsa en el convenio de hostelería de Madrid?- Cómo cuadrarlo sin multas

  • Duración máxima anual: 1.784 horas.

  • Jornada ordinaria: 8 horas diarias, 40 semanales.

  • Ampliación excepcional: hasta 9 horas diarias, solo 80 días al año, compensadas con descanso.

  • Descanso entre jornadas: mínimo 12 horas.

  • Descanso semanal: 2 días consecutivos (pueden fraccionarse por acuerdo).

  • Pausa diaria: 30 minutos computables si la jornada supera las 6 horas.

  • Registro horario: obligatorio, diario y conservado durante 4 años.

📋 Recomendación operativa Puro: activa alertas automáticas en tu sistema de cuadrantes para controlar las 9 h/día y los 80 días anuales de ampliación.

Vacaciones y festivos en la Comunidad de Madrid: reglas claras (y documentadas)

Vacaciones: 30 días naturales al año.
El disfrute preferente será en los meses de verano, y el calendario de vacaciones deberá publicarse antes del 31 de marzo. Se recomienda distribuirlas de forma rotatoria entre el personal y garantizar un mínimo de 15 días consecutivos cuando sea posible.

Festivos trabajados: dos opciones válidas, siempre con acuerdo documentado:
a) Pago con recargo del +75 % sobre la hora ordinaria.
b) Compensación por descanso equivalente, que deberá disfrutarse en un plazo máximo de tres meses tras el festivo trabajado.

El Convenio de Hostelería de Madrid insiste en la trazabilidad: cada descanso, compensación o pago adicional debe quedar registrado y archivado junto al cuadrante y las nóminas mensuales. En Madrid, como en toda buena gestión hostelera, lo que no se documenta, no existe.

Convenio de Hostelería de Madrid¿Cuales son los salarios, pagas y pluses del convenio de hostelería de Madrid?

Subidas 2023–2025

El Convenio de Hostelería de Madrid establece incrementos progresivos del +6 % (2023), +5 % (2024) y +4 % (2025), alcanzando un +15 % acumulado en tres años. La revisión salarial aplica a todas las categorías, con actualizaciones automáticas en tablas y pluses vinculados.

Pagas extraordinarias

Dos pagas: julio y diciembre, de 30 días cada una, calculadas sobre salario base y antigüedad.
Son prorrateables por acuerdo, siempre que quede reflejado por escrito en nómina o anexo interno.
En caso de baja o extinción, se liquidan proporcionalmente al tiempo trabajado.

Horas extra

De carácter voluntario, salvo emergencia o fuerza mayor.

  • Límite: 80 horas anuales.

  • Compensación:

    • Descanso equivalente → 1 h extra = 1 h 45 min libres.

    • Pago alternativo → con un +75 % sobre la hora ordinaria.

Automatiza el control en tu ERP o software laboral para evitar exceder el límite anual y registrar cada compensación.

Trabajo nocturno y turnos especiales

  • Horas entre 22:00 y 06:00: +25 % sobre la hora ordinaria.

  • Jornada completa dentro de ese horario: +20 % sobre el salario base.

  • Turnos rotativos: derecho a plus de turnicidad proporcional al tiempo trabajado en noche.

Etiqueta correctamente las horas en tu sistema de control horario para facilitar auditorías y previsiones de nómina.

Formación y plus compensatorio

Las empresas deberán garantizar formación continua.
Si en los primeros 90 días de contrato no se imparte ninguna acción formativa, se abonará un plus de 20 €/mes (240 €/año).

Pluses salariales y extrasalariales

Concepto 2022 2023 2024 2025
Manutención 53,56 € 55,17 € 56,83 € 59,10 €
Plus de transporte (11 meses) 176,96 € 182,27 € 187,74 € 195,25 €
Gratificación por matrimonio 936,38 € 964,47 € 993,40 € 1.033,13 €
Quebranto de moneda 78,81 € 81,18 € 83,61 € 86,96 €
Seguro vida / invalidez 22.739,89 € 23.422,09 € 24.124,75 € 25.089,74 €
Premio natalidad 710,65 € 731,97 € 753,93 € 784,09 €

>Igualdad y conciliación

Obligatorio para empresas con 50 o más empleados.
Los Planes de Igualdad deben incluir medidas para eliminar brechas salariales y promover la conciliación familiar y laboral.

Permisos y licencias

Motivo Duración Observaciones
Matrimonio o pareja de hecho 15 días Retribuidos
Nacimiento o adopción 16 semanas Según ley estatal
Fallecimiento familiar 2–4 días Según desplazamiento
Mudanza 1 día Justificado
Consultas médicas Tiempo necesario Con justificante
Formación / exámenes Tiempo indispensable Previo aviso

Fijos-discontinuos: llamamientos, prioridades y preavisos en Madrid

El Convenio de Hostelería de Madrid 2023–2025 regula con detalle la figura del personal fijo-discontinuo, fundamental en establecimientos con actividad estacional, reforzando la trazabilidad de los llamamientos y la estabilidad del vínculo laboral.

Duración y actividad mínima

  • Jornada completa: mínimo 4 meses de actividad anual, pudiendo distribuirse en varios periodos.

  • Jornada parcial: mínimo 6 meses de actividad anual, igualmente fraccionables.

Llamamientos y preavisos

  • El orden de llamamiento debe seguir criterios de antigüedad y categoría profesional.

  • El preaviso mínimo será de 4 días naturales, mediante medio trazable: SMS, WhatsApp o correo electrónico.

  • El trabajador deberá confirmar la recepción en un plazo máximo de 24 horas.

  • La falta de respuesta sin causa justificada podrá acarrear penalizaciones progresivas y, tras una segunda ausencia en el mismo año, baja por desistimiento.

Baja voluntaria y preaviso

  • En caso de cese voluntario, el trabajador debe comunicarlo con 7 días de antelación.

  • Si no respeta este plazo, la empresa podrá descontar un día de salario por cada día de preaviso incumplido, aplicado sobre la liquidación final.

Derecho preferente a vacantes
Los fijos-discontinuos conservan su antigüedad, derechos y prioridad para cubrir vacantes fijas dentro de su misma categoría y grupo profesional. Este derecho debe reflejarse documentalmente en cada proceso de selección interno.

Recomendación operativa: archiva todos los llamamientos y confirmaciones junto al cuadrante mensual; ante Inspección, solo vale lo que se puede demostrar.

Convenio de hostelería de MadridTablas salariales 2023–2025 según convenio de hostelería de Madrid (Restauración, salario base mensual, jornada completa)

Consulta qué familia y nivel corresponden a cada puesto antes de aplicar la tabla del convenio de hostelería de sevilla.

Tablas salariales finales 2022

Nivel Grupo A Grupo B Grupo C Grupo D
1A 2.026,22 € 1.794,62 € 1.736,76 € 1.713,53 €
1B 1.852,51 € 1.736,76 € 1.678,84 € 1.655,67 €
2 1.736,76 € 1.678,84 € 1.597,79 € 1.574,63 €
3 1.563,04 € 1.539,89 € 1.424,08 € 1.400,93 €
4 1.447,26 € 1.331,47 € 1.308,35 € 1.285,19 €
5 1.389,34 € 1.296,80 € 1.250,48 € 1.227,31 €

Plus de transporte: 176,96 € (11 meses)

Tablas salariales finales 2023

Nivel Grupo A Grupo B Grupo C Grupo D
1A 2.087,00 € 1.848,46 € 1.788,87 € 1.764,93 €
1B 1.908,08 € 1.788,87 € 1.729,21 € 1.705,34 €
2 1.788,87 € 1.729,21 € 1.645,73 € 1.621,86 €
3 1.609,93 € 1.586,08 € 1.466,81 € 1.442,96 €
4 1.490,68 € 1.371,42 € 1.347,60 € 1.323,75 €
5 1.431,02 € 1.335,70 € 1.287,99 € 1.264,13 €

Plus de transporte: 182,27 € (11 meses)

Tablas salariales finales 2024

Nivel Grupo A Grupo B Grupo C Grupo D
1A 2.149,61 € 1.903,92 € 1.842,53 € 1.817,88 €
1B 1.965,33 € 1.842,53 € 1.781,09 € 1.756,50 €
2 1.842,53 € 1.781,09 € 1.695,10 € 1.670,52 €
3 1.658,23 € 1.633,67 € 1.510,81 € 1.486,24 €
4 1.535,40 € 1.412,56 € 1.388,03 € 1.363,46 €
5 1.473,96 € 1.375,78 € 1.326,63 € 1.302,05 €

Plus de transporte: 187,74 € (11 meses)

Tablas salariales finales 2025

Nivel Grupo A Grupo B Grupo C Grupo D
1A 2.235,59 € 1.980,08 € 1.916,23 € 1.890,60 €
1B 2.043,94 € 1.916,23 € 1.852,33 € 1.826,76 €
2 1.916,23 € 1.852,33 € 1.762,90 € 1.737,34 €
3 1.724,56 € 1.699,02 € 1.571,24 € 1.545,69 €
4 1.596,82 € 1.469,06 € 1.443,55 € 1.418,00 €
5 1.533,92 € 1.430,81 € 1.380,70 € 1.354,13 €

Plus de transporte: 195,25 € (11 meses)

Niveles salariales del convenio de hostelería de Madrid.

Nivel 1A – Alta Dirección
Directores generales, gerentes o responsables de operaciones de establecimientos de alta gama.
Ejemplos: Director/a de hotel 5 ⭐ Gerente de restaurante gourmet, Director/a de operaciones.

Nivel 1B – Mandos intermedios superiores
Chef ejecutivo, Jefe/a de sala, Subgerente de hotel.

Nivel 2 – Responsables técnicos y supervisores
Jefes de turno, Coordinadores de cocina o servicio.

Nivel 3 – Personal cualificado
Cocineros/as, bartenders senior, sumilleres.

Nivel 4 – Personal operativo
Camareros/as, ayudantes de cocina, baristas.

Nivel 5 – Personal en formación o apoyo
Aprendices, ayudantes de limpieza, personal en prácticas.

Categorías de establecimientos

Grupo A: Hoteles 5 , restaurantes de alta cocina, clubes privados.
Grupo B: Hoteles boutique, restaurantes de autor, bares premium.
Grupo C: Hoteles 3–4 , bistrós, cafeterías de cadena.
Grupo D: Bares de barrio, comedores, hostales y colectividades.

Convenio de Hostelería de MadridImplementación en 5 pasos de convenio de hostelería de Madrid.

  • Actualiza nóminas y ERP con tablas oficiales.

  • Publica cuadrantes y descansos.

  • Documenta cambios de turno y extras.

  • Registra todo: fichajes, festivos, vacaciones.

  • Revisa trimestralmente horas, atrasos y pluses.

Preguntas frecuentes (FAQ)

1) ¿Cuál es la jornada laboral según el convenio de hostelería de Madrid?
El convenio de hostelería de Madrid fija una jornada máxima de 1.784 horas anuales, con un promedio de 40 horas semanales y un máximo de 8 horas diarias (ampliables a 9 h en un máximo de 80 días al año).

2) ¿Qué descansos son obligatorios?
Debe garantizarse un descanso semanal de 2 días consecutivos y un mínimo de 12 horas entre jornada y jornada.
En jornadas continuadas, hay 15 minutos de pausa retribuida, y en jornadas partidas, un mínimo de 1,5 horas de descanso no computable.

3) ¿Se puede usar una bolsa de horas en hostelería en Madrid?
Sí, pero con límites: nunca se puede superar el tope de 9 horas diarias ni las 80 jornadas ampliadas anuales.
Toda modificación debe documentarse y compensarse dentro de los 12 meses siguientes.

4) ¿Cómo se pagan las horas extra según el convenio de hostelería de Madrid?
Las horas extraordinarias son voluntarias (salvo emergencia) y se abonan con un recargo del +75 % sobre la hora ordinaria o se compensan con descanso equivalente (1 h extra = 1 h 45 min de descanso).

5) ¿Qué pagas extraordinarias establece el convenio?
El convenio contempla dos pagas extraordinarias de 30 días cada una:

  • Verano (julio)

  • Navidad (diciembre)
    Pueden prorratearse si existe acuerdo firmado y se refleja en nómina.

6) ¿Qué subidas salariales incluye el convenio de hostelería de Madrid 2023–2025?
El acuerdo establece una subida acumulada del 15 % en tres años:
+6 % en 2023, +5 % en 2024 y +4 % en 2025, ya reflejada en las tablas oficiales del BOCM.

7) ¿Cómo se gestiona el plus de nocturnidad en Madrid?

  • Parcial (22:00–06:00): +25 % sobre la hora ordinaria.

  • Jornada nocturna completa: +20 % sobre el salario base.
    Debe figurar por separado en nómina.

8) ¿Qué pluses complementarios existen en el convenio de hostelería madrileño?
Entre los principales:

  • Plus Convenio: cantidad fija mensual según tablas.

  • Plus de Manutención: 55–59 € mensuales.

  • Plus de Transporte: 182–195 € (11 meses al año).

  • Gratificación por matrimonio, natalidad, quebranto de moneda y seguro de vida.

9) ¿Cómo se gestionan las vacaciones y festivos en la hostelería de Madrid?

  • Vacaciones: 30 días naturales al año, preferentemente en verano.

  • Festivos: se pagan con +75 % o se compensan con descanso dentro de los 3 meses siguientes.
    Todo acuerdo debe documentarse por escrito.

10) ¿Qué derechos tienen los fijos-discontinuos según el convenio madrileño?

  • Mínimo 4 meses de actividad anual (tiempo completo) o 6 meses (tiempo parcial).

  • Preaviso mínimo de 4 días por medio trazable (WhatsApp, email, SMS).

  • Confirmación en 24 h; la falta de respuesta reiterada puede conllevar baja por desistimiento.

11) ¿Qué pasa si no llevo el registro horario al día?
Se considera infracción grave, con sanciones de hasta 6.000 € por trabajador. El registro debe conservarse durante 4 años y estar disponible para Inspección.

El Convenio de Hostelería de Madrid va mucho más allá del cumplimiento legal: es una base operativa para dirigir con criterio. Cuando lo integras en tu gestión diaria —programas alertas en el planning, calculas previsiones salariales, defines políticas internas claras y mantienes un registro horario limpio—, tu negocio gana orden, coherencia y rentabilidad.
El resultado es tangible: menos improvisación, más estabilidad en el equipo y una estructura sólida que sostiene el beneficio incluso en los picos de trabajo.
En definitiva, aplicar el convenio en Madrid no es papeleo: es gestión estratégica al servicio del margen.

Enlaces y fuentes oficiales

consultoría gastronómica

Rafael Benítez de Córdoba

Rafa Benítez de Cordoba, consultor gastronómico con más de 20 años de experiencia en restaurantes, hoteles y desarrollo de ciudades. Especialista en data analytics, gestión financiera y revenue management, ayuda a negocios de hostelería a aumentar su rentabilidad y profesionalizar su operación.

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